El Régimen de Registración de Contratos de locación de Inmuebles establecido por la Ley de Alquileres apunta a recolectar y sistematizar información que permita verificar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de la partes intervinientes.
Si bien la legislación determina que los sujetos obligados a hacer el trámite de registro en la AFIP son los propietarios, también contempla que martilleros e inmobiliarias registren un contrato en representación de sus clientes. Para hacerlo simplemente deben ingresar con Clave Fiscal al servicio “Registro de Locaciones de Inmuebles” en afip.gob.ar. Junto a los datos del locador, la identificación del inmueble y del resto de los intervinientes, se deberá adjuntar un archivo con el contrato celebrado.
Pero, ante la elevada cantidad de contratos sin registrar, cabe preguntarse por qué tanto las inmobiliarias como los Colegio de Martilleros no acompañan el cumplimiento de la ley y de una parte de sus clientes, los inquilinos.
Colegio de Martilleros y la “Defensa de intereses de la comunidad”
Según publica, el portal del Colegio de Martilleros bonaerense la colegiación obligatoria apunta al “contralor de los actos profesionales que llevan a cabo los martilleros y corredores públicos”. Además, señala que el Colegio realiza “la defensa de los intereses de la comunidad toda en la debida prestación de los servicios profesionales que ella les requiere”.
Pero, tal como revela la encuesta, la “defensa de los intereses de la comunidad” no parece aplicarse cuando se trata de velar por el cumplimiento de una Ley votada por amplia mayoría, para llevar alivio a más de nueve millones de inquilinos de todo el país. Sin contar que su correcta adhesión implicaría que el Estado tenga más información sobre cómo se conforma el mercado de alquileres y así poder delinear políticas al respecto.