Las amenazas de bomba en los colegios en distintos municipios bonaerenses se transformó en un punto polémico entre Cambiemos y el kirchnerismo de cara a las elecciones legislativas, ya que Unidad Ciudadana rechazó el procedimiento que la Junta prevé en esos casos y denunció que “el proceso afectaría al desarrollo del acto electoral”.
El documento al que accedió INFOCIELO, lleva la firma de los integrantes del tribunal, Roberto Agustín Lemos Arias, Hilda Kogan y Juan Manuel Culotta, además de las secretarias electorales, María de Belén Vergara y Alina Daniela Sayal.
Bajo el título “proceder ante amenazas y/o denuncias de existencia de artefactos explosivos en locales comiciales”, el texto expresa 11 puntos a tener en cuenta:
1- Los locales de votación deberán estar bajo custodia a partir del 210200 Oct. 17. excepto que se coordine otro horario con la Justicia Electoral de la jurisdicción en función de las previsiones de distribución de material del Correo Argentino.
2- A tal efecto, el Jefe del Local de Votación comprobará que todas las dependencias internas de los locales comiciales se encuentren cerradas y procederá a clausurarlas con fajas de seguridad.
3- Previo al inicio del acto comicial, el día domingo 220800 Oct. 17. el Jefe de Local acompañado por el Delegado Electoral del establecimiento y la autodiad de la mesa correspondiente procederán a quitar la faja del aula destinada a funcionar como cuarto oscuro y se efectuará un nuevo control ocular de las instalaciones y muebles existentes.
4- Igual procedimiento se aplicará para la dependencia destinada a funcionar como cuarto de boletas de contingencia.
5- Esta tarea será ejecutada por los Jefes de Local supervisada por los Jefes de Circuito Electoral.
6- Al mismo tiempo, los Jefes de Sección y Circuitos Electorales coordinarán la ejecución de patrullajes policiales en las proximidades de los locales.
7- Todo el personal afectado a la tarea de custodia electoral dispondrá de un listado de números telefónicos de interés al efecto en su zona. Como sistema de comunicación de alternativa, se utilizará la red radioeléctrica policial.
8- De concretarse una denuncia y/o amenaza de existencia de un artefacto explosivo en algún local, el Jefe del mismo procederá a:
- Informar a la cadena de comando.
- Con el Delegado Electoral del establecimiento alertar a la Policía, bomberos, servicios de emergencia.
- Comunicar la situación a los presidentes de mesa, quienes procederán a clausurar la urna de acuerdo a lo establecido en el Acta 15:
- Extraer del bolsín transparente fajas adhesivas grandes y pequeñas
- Cubrir la boca de la urna con la faja adhesiva y firmarla junto a los fiscales presentes.
- Luego, guardar en el bolsín plástico transparente el padrón original, que se está utilizando la autoridad de mese “color” y la totalidad de la documentación de la mesa que haya extraído del mismo – acta de escrutinio, certificado, telegrama, sobres de votación que se encuentren firmados por la autoridad y los fiscales- etc.
- Cerrar el bolsín y colocar la faja adhesiva pequeña sobre el cierre de manera que pueda advertirse en caso de apertura. No utilizando en este caso el precinto.
- Colocar la urna – debidamente fajada – y el bolsín – debidamente cerrado – dentro del cuarto oscuro.
- Respetar el protocolo de seguridad que le indique el personal del Comando General Electoral, que deberá ser el último en abandonar el local de comicio, de acuerdo a lo siguiente:
- Impedir el ingreso de votantes al establecimiento, a cargo de la seguridad externa del local (policía).
- Evacuar en forma ordenada a los votantes que se encuentran dentro del establecimiento.
- Reunir a los presidentes de mesa y restantes autoridades de la mesa, proceder a su evacuación hacia un sector previamente establecido, con la correspondiente seguridad proporcionada por el jefe de local, auxiliares y personal policial.
9- Una vez subsanada la novedad se informará a los Presidentes de Mesa, quienes serán los únicos autorizados a ordenar la continuación de los comicios, debiendo cumplimentar lo establecido en el Acta 15:
- Al regresar establecimiento la autoridad de mesa deberá labrar el acta dejando expresa constancia de las medidas adoptadas y el horario en el que se produjo la interrupción y la reanudación del comicio, la que deberá ser suscripta por las autoridades de mesa y los fiscales presentes, dejando constancia de toda otra circunstancia que considere relevante.
- La fuerza de seguridad correspondiente deberá remitir de manera inmediata a la Junta Electoral reporte de las medidas adoptadas y resultado de la inspección realizada.
10- Ante la eventual ejecución de acciones que atenten contra objetivos ajenos al acto electoral o de alteraciones de importancia del orden público, no se distraerán los efectivos afectados a la custodia de los comicios para solucionarlos, debiendo quedar a cargo de ellas otros elementos (FFPP. FFSS).
11- El Jefe de Circuito y Jefe de Sección deberán concurrir donde se produjo la novedad para mantener permanentemente a la cadena de comando y satisfacer requerimientos de la Junta Electoral.