Vicente López: hoy presentarán Proyecto de Ordenanza para declarar la emergencia social por aumento de casos de violencia de género

Durante la cuarentena por el Covid-19, el aumento de casos de violencia de género y femicidios creció de manera considerable, por lo que el Frente de Todos del Municipio presentará un Proyecto donde solicitan una serie de artículos para prevenir y erradicar la violencia.

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Redacción Norte habló con la secretaria de la mujer del PJ de Vicente López, Juliana del Bao, y con la concejala por el Frente de Todos y militante de la Cámpora, Malena Cholakian, quienes nos contaron un poco acerca del Proyecto de Ordenanza que presentarán hoy, en un rato, para declarar al distrito en situación de emergencia social por violencia de género. Los casos de violencia como de femicidio crecieron de manera considerable durante el aislamiento social, preventivo y obligatorio.

Juliana nos contó: “Hoy lo que vamos a hacer es la presentación de un Proyecto de Ordenanza que se hizo en el HCD (Honorable Concejo Deliberante), fue iniciado por el bloque del Frente de Todos, armado, pensado, diseñado y escrito por el Frente de Géneros del Frente de Todos (que lo componen todos los partidos políticos y todas las organizaciones sociales que integran el Frente de Todos). Es un proyecto muy interesante porque es declarar a Vicente López en emergencia por violencia de género, pidiendo la creación de un hogar de abrigo para asistencia de víctimas por violencia de género”.

“También estamos pidiendo un cuerpo de abogados y abogadas con patrocinio gratuito para poder acompañar a las víctimas por violencia de género, también tener un registro de promotoras y promotores que se dediquen a la prevención y erradicación de la violencia, que sea local, que sea un registro de Vicente López propio nuestro, que sepamos quienes están trabajando en esta problemática, de qué manera, y compartir saberes”.

Y remarcó: “Cuando hablamos de víctimas por violencia de género casi siempre hablamos de mujeres y de personas del colectivo LGTBIQ+”.

En cuanto al proyecto, ahondó: “Es un proyecto que venimos trabajando y estudiándolo en consenso con todas las compañeras, fue muy interesante el proceso porque realmente fue consensuado, y tratamos de que todas estemos presentes en las modificaciones y en toda la confección del mismo. Fue muy rico el proceso en ese sentido, porque fue muy trasversal y con un estilo de trabajo realmente buenísimo”.

“Al comienzo (del proyecto) ponemos que se han incrementado los casos los llamados al 144, se han comentado también, lamentablemente, los femicidios, los travesticidios, las cifras realmente van en aumento. Y en este contexto de pandemia, la verdad es que es muy complicado para muchas mujeres que se encuentran haciendo la cuarentena en situaciones muy difíciles”.

Malena Cholakian, por su parte, destacó que el proyecto se realizó desde la unidad, y aclaró que es “ejemplificador”, dado que “uno puede a partir de la acción de un Municipio, ponerse en un lugar de ejemplo y que se replique en otros lugares. “No es sólo en nuestro Municipio, no es que está cercado y lo que hablamos acá no se puede replicar al lado”.

“La idea es esa, abordar la violencia de género con herramientas concretas que te permitan abordarla y erradicarla; y proteger a nuestras mujeres e incidencias”.

A continuación, los artículos mencionados en el proyecto:

PROYECTO DE ORDENANZA

Artículo 1°: Declárese la emergencia en materia social por violencia de género en el distrito de Vicente López por el término de dos años a partir de su promulgación.

Artículo 2°: Créase el Plan de Acción para la Prevención, Asistencia y Erradicación de la Violencia de Género que deberá incluir, como mínimo, las siguientes acciones:

  • Creación de una Casa de Abrigo como instancias de tránsito para la atención y albergue de las personas víctimas de violencia de género para aquellos casos en que la permanencia en su domicilio implique una amenaza para su integridad psicofísica y sexual, y/o para la de sus hijos/as, siempre y cuando no se pueda excluir al agresor del domicilio. Dicho refugio contará con elementos de higiene y limpieza, e implementarán las medidas necesarias para prevenir el contagio del COVID-1
  • Creación de equipos interdisciplinarios para la atención médica, psicológica y contención integral de víctimas de violencia de género que ingresen en la Casa de Abrigo.
  • Creación el Registro Único de Casos de Violencia de Género a los efectos de contar con estadísticas oficiales para el diseño y elaboración de políticas en la materia, articulando con los diferentes organismos que relevan y registran situaciones de violencia de género;
  • Creación de Cuerpo de Abogadas y Abogados para Víctimas de Violencia de Género en el marco de la Ley Nacional 27.210 de Patrocinio legal gratuito para víctimas de violencia de género, con el objeto de brindar asesoramiento y patrocinio legal gratuito a víctimas de violencia de género.
  • Creación del Registro de Promotoras Territoriales en Prevención de la Violencia de Género para prevenir y erradicar la violencia de género en zonas de alta vulnerabilidad social que tendrá como objetivo conocer y difundir los dispositivos de asistencia y prevención existentes, así como el acompañamiento en la derivación y asistencia a las víctimas de violencia género;

Artículo 3°: La autoridad de aplicación podrá celebrar convenios con entidades deportivas, culturales y sociales a los efectos del cumplimiento de los objetivos del Plan de Acción para la Prevención, Asistencia y Erradicación de la Violencia de Género.

Artículo 4°: Créase la Asignación Especial para las Víctimas de Violencia de Género en Situación de Vulnerabilidad Social, que consistirá en una prestación monetaria no retributiva de carácter mensual, cuyo importe no podrá ser inferior al valor del Salario Mínimo Vital y Móvil.

Artículo 5°: Serán beneficiarias de la Asignación Especial para las Víctimas de Violencia de Género en Situación de Vulnerabilidad Social, las personas que cumplan los siguientes requisitos:

  • Acrediten su condición de víctimas de violencia de género mediante denuncia administrativa o judicial.

La autoridad de aplicación deberá simplificar el trámite para el otorgamiento de la asignación a través de medios electrónicos o telefónicos dispuestos al efecto, como así también la realización de entrevistas de forma presencial o virtual con la persona interesada. En ningún caso será requisito esencial la denuncia formal ante el poder judicial.

Artículo 6°: La autoridad de aplicación debe incorporar a todxs les efectores a la Mesa Local Intersectorial contra las violencias de género conformada por representantes del área de género y diversidad,  salud,  desarrollo social y de niñez y adolescencia del municipio, representantes de la Defensoría del Pueblo, representantes del poder judicial, comisaría de la mujer, miembros de organizaciones sociales, políticas, sindicales y civiles que trabajan con personas en situación de violencia, a los efectos de evaluar y monitorear el cumplimiento de los objetivos y disposiciones de la presente. Dicha mesa deberá confeccionar por escrito un informe bimestral sobre el cumplimiento de la presente que deberá ser publicado en la página del municipio. 

Artículo 7°: Desígnase como autoridad de aplicación de la presente a la Dirección de Políticas de Género y Diversidad.

Artículo 8°: Autorízase al Poder Ejecutivo a realizar las reestructuraciones presupuestarias necesarias para el cumplimiento de la presente.

Artículo 9°: Considérese el exordio parte integrante de la presente Ordenanza.

Artículo 10°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.